Nace en Clasijazz la primera Big Band de Mujeres de España








Prevista inicialmente para el mes de junio, la vigésimo tercera edición del Festival de Jazz de la Universidad de Sevilla (#FestivalJazzUS) se celebrará al final entre el 7 y el 15 de noviembre de 2020. El concierto inaugural será una jam session en el Patio del CICUS, mientras que el resto de los conciertos se llevarán a cabo en el Espacio Turina. El cartel de esta edición ha sido diseñado por el artista onubense Manolo Cuervo, autor también del cartel de la primera edición del festival.
Continuando con su empeño de aunar esfuerzos en pos de la realización de un proyecto jazzístico colaborativo, en esta edición, además de las ya tradicionales aportaciones de la Universidad de Sevilla, Assejazz, el Ayuntamiento de Sevilla, la Fundación SGAE, A.I.E. (Sociedad de Artistas, Intérpretes y Ejecutantes) y la Asociación Andajazz, sumamos la colaboración de la Universidad Internacional de Andalucía- UNIA.
Fecha: 7 – 15 de noviembre, 2020
Lugar: Patio del CICUS (C/ Madre de Dios, 1/3) y Espacio Turina (C/ Laraña 4)
Entradas*: 12 € (público general) | 6 € (comunidad universitaria y socios de Assejazz).
* Excepto sesión inaugural del día 7 de noviembre (por invitación) y concierto de las 12 h del domingo 15 de noviembre: 6 € (público general) | 3 € (comunidad universitaria y socios de Assejazz)
Venta: https://icas.sacatuentrada.es/
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Seis bandas procedentes de distintos puntos de Andalucía y de Valencia, tomarán parte en el IV Encuentro de Big Bands de Andalucía que se celebrará el próximo sábado en el Parque Multiusos Niceto Alcalá-Zamora organizado por la Asociación Jazz P.C., el Ayuntamiento de Priego y la colaboración de Andajázz.
TODA LA INFORMACIÓN EN LA WEB DE LA ASOCIACIÓN JAZZPC
ASOCIACION ESPAÑOLA DE BIG BANDS
BULEVAR DEL JAZZ – CANAL SUR RADIO
Os dejamos el enlace para la compra de entradas https://entradium.com/es/
¡Te esperamos!
Las reivindicaciones por parte de la Unión de Músicos Profesionales de la que somos socios fundadores, junto con otros colectivos de artistas, presentadas y discutidas con el Gobierno mediante reuniones y comunicaciones en las últimas semanas, han sido escuchadas y el Gobierno facilita el acceso a la prestación extraordinaria por desempleo para artistas.
Sabemos que muchos músicos se encuentran atravesando momentos difíciles y que el Ingreso Mínimo Vital puede ser de ayuda en estos tiempos. Os dejamos aquí enlaces que resumen y explican la ayuda:
https://www.rtve.es/noticias/20200602/ingreso-minimo-vital-todo-debes-saber/2014771.shtml
https://www.boe.es/boe/dias/2020/06/01/pdfs/BOE-A-2020-5493.pdf
La cuantía de la renta mínima oscila entre los 461,5 euros para un adulto que viva solo y los 1.015 euros para hogares de cinco miembros dos adultos con tres hijos o tres adultos y dos niños. La cuantía inicial se amplía en 139 euros por persona adicional. En el caso de las familias monoparentales se les garantiza una renta de entre 700 y 977 euros, dependiendo del número de hijos. Estos hogares tienen un complemento de 100 euros. Para el ejercicio 2020, la cuantía anual de renta garantizada en el caso de un beneficiario individual asciende a 5.538 euros.
Para solicitar la renta mínima es necesario ser residente en España, tener entre 23 y 65 años, haber vivido al menos tres años de forma independiente y cotizado un año a la Seguridad Social. Lo pueden cobrar personas de 18 años con hijos a cargo que lleven un año de residencia legal en España. Los requisitos son más flexibles para las mujeres víctimas de violencia de género o víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual. Los perceptores deberán hacer la declaración de la renta y solo podrán ausentarse de España durante 15 días sin comunicación previa, si se ausentan más de 90 días sin justificarlo incurren en una infracción muy grave.
El Ministerio de Cultura y Deporte, junto con la Sociedad de Garantía Recíproca Audiovisual Fianzas SGR (“CREA SGR”), van a promover una línea de liquidez dirigida exclusivamente al sector cultural para necesidades de tesorería derivadas de la crisis de la COVID 19, por una cuantía total de hasta 780.000.000 €.
La línea, posibilitada por una subvención del Ministerio de Cultura y Deporte al fondo de provisiones técnicas de CREA SGR, será avalada por CREA SGR, a través del Instrumento de Garantía financiera para los sectores culturales y creativos de la Comisión Europea (programa Europa Creativa), y canalizada a través de las entidades financieras que deseen colaborar. Además, los costes de la comisión de apertura del aval serán subvencionados por el Ministerio de Cultura y Deporte.
ENLACES:
http://www.culturaydeporte.gob.es/cultura/industriasculturales/linea-liquidez-covid-19.html
Línea COVID-19 de liquidez para empresas culturales (RESUMEN)
Os dejamos aquí los enlaces a las ayudas, tanto estatales como regionales, que hemos ido recopilando para todo lo relacionado con la crisis del COVID-19 además de otras ayudas que en estos momentos pueden ser de interés.
Desde Andajazz Pro, a través de la plataforma nacional Unión de Músicos Profesionales – UMP a la que pertenecemos, hemos enviado enmiendas urgentes a los Ministerios de Trabajo, Seguridad Social y Cultura al Real Decreto-Ley 17/2020 del 5 de mayo 2020 por considerar que los artículos gozan de imprecisiones y para reclamar que solucionen y aclaren las carencias de las medidas de apoyo a los artistas, las cuales vemos que adolecen de realismo y posibilidad de ser implementadas. Esperamos rectificaciones de inmediato.
SE SOLICITA QUE:
– Se reconozca la situación legal de desempleo a todos los artistas que cumplan el requisito mínimo de tener 20 días cotizados, sin la obligatoriedad de encontrarse en alta o alta asimilada en el Régimen General de la SS en el momento de solicitar la prestación
– Que el derecho a recibir la prestación extraordinaria por desempleo se reconozca desde la fecha del inicio del estado de alarma y no desde el día de la solicitud
– Que el acceso a esta prestación extraordinaria no consuma el período que el artista tenga cotizado a efectos de futuras prestaciones de desempleo, tal y como está dispuesto en el Real Decreto-Ley 8/2020 respecto a las prestaciones por desempleo en un ERTE por fuerza mayor o por otras causas relacionadas con el Covid-19
– Que la prestación extraordinaria sea compatible con cualquier percepción derivada de actividades por cuenta propia o ajena (derechos de autor, etc.), y con cualquier otra prestación, renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayudas análogas concedidas por cualquier Administración pública, la suma de las cuales no supere el SMI
– Que en el caso de un contrato que se tenga que cancelar con motivo del Covid-19, sea de cumplimiento obligatorio que el órgano de contratación/empresa realice el pago del 70% del mismo y no sea opcional y del 3-6%
– Concreción respecto a las condiciones de acceso, procedimiento de adjudicación y plazos de la convocatoria de ayudas extraordinarias a las artes escénicas y la música recogidas en el art. 3 del RDL, así como una aceleración de los procedimientos de convocatoria y adjudicación
– Habilitar el acceso a la prestación extraordinaria por cese de actividad a los autónomos intermitentes que acrediten un periodo de cotización específico en el RETA durante 2019